Residuos Solidos Peligrosos
Todo material que para la empresa ya no tiene valor de uso, ni comercial, se puede considerar un desecho, es decir, un residuo sólido, cuya gestión y manejo esta normada.
En el Perú tenemos la “Ley de gestión integral de residuos sólidos” y su Reglamento, allí están todos los conceptos y disposiciones a cumplir con carácter obligatorio, las empresas elaboran un documento llamado Plan de Minimización y manejo de residuos sólidos ad hoc a su actividad, donde explican su proceso, caracterizan el residuo, identifican la peligrosidad del insumo y por ende del residuo sólido que este genera, estiman su volumen, plantean su modo de acopio y su destino, tratando de minimizar la generación a través de acciones de recuperación, tratamiento o comercialización. Este plan se puede actualizar junto con el IGA.
Los residuos sólidos peligrosos están listados en el Anexo III del Reglamento del Decreto Legislativo 1278 según los conceptos del Convenio de Basilea; la Lista de características peligrosas están descritas en el Anexo IV: Explosivos, líquidos inflamables, sólidos inflamables, sustancias o residuos susceptibles de combustión espontánea, sustancias o desechos que en contacto con el agua emiten gases inflamables, oxidantes, peróxidos orgánicos, tóxico agudos, sustancias infecciosas, corrosivos, con liberación de gases tóxicos en contacto con el aire o agua, sustancias tóxicas con efectos retardados o crónicos, ecotóxicos.
Por tanto, el trabajador en área de procesos debe estar con los equipos de protección personal adecuados, según el riesgo y el residuo generado, por ende, será manejado con la misma medida de seguridad, desde el acopio primario, traslado interno y almacenamiento, respetando la incompatibilidad con otros residuos.
Los tachos y ambientes deben ser estudiados, considerando los materiales de almacenamiento, ventilación, iluminación, riesgo de derrame, letreros de advertencia, uso de EPP, entre otros.
La entrega de los mismos se hace a entes especializados habilitados (Empresa operadora de residuos sólidos-EO-RS) inscrita en el MINAM para su disposición final o comercialización de corresponder, la que devolverá un formulario llamado Manifiesto de Residuo sólido peligroso con el sello y pesaje del relleno de seguridad, donde se corrobora la descripción del residuo, la placa y las fechas.
Te aconsejo leer siempre el artículo 54° del Reglamento del Decreto Legislativo 1278, haciendo un check list de cumplimiento.